Lesiones al derecho provenientes de organizaciones religiosas (neopentecostales, entre otras judeocristianas) las cuales profesan la sanción del pecado (teología) como norma punitiva divina, no siempre se adhieren a la máxima jurídica en la cual todo delito acarrea la misma consecuencia, desde la norma humana (derecho), sea esta de carácter social, económica o privativa de libertad.

¿Hasta cuándo permanecerán impunes prácticas eclesiásticas de discriminación por razones de género al interior de las iglesias neopentecostales y otras de corrientes judeocristianas tradicionales?