Mujeres privadas de su libertad en México

En México, cinco de cada cien personas privadas de su libertad, son mujeres. Estas mujeres son consideradas como grupo vulnerable de la población, porque se encuentran en situación de reclusión en espacios que no cuentan con las condiciones mínimas que favorezcan su reinserción y por ser México un país marcado por la desigualdad de género y la violencia hacia las mujeres.

A lo anterior se suma el estigma que pesa sobre las personas privadas de su libertad y personas con antecedentes penales, estigma que se acentúa en el caso de las mujeres, ya que la ideología sexista les exige, a diferencia de los hombres, el cumplir a cabalidad con ciertos códigos de conducta, que son parte de la moral social convencional.

El 21 de diciembre de 2010, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas aprobó las Reglas para el Tratamiento de las Reclusas y Medidas no Privativas de la Libertad para las Mujeres Delincuentes, también conocidas como “Reglas Bangkok”, lineamientos a los que se adhiere México, a través de los Diagnósticos Nacionales de Supervisión Penitenciaria, emitidos por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) del país.

Con base en la Ley Nacional de Ejecución Penal –publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 16 de junio de 2016-, las mujeres privadas de su libertad tienen derecho a compurgar sus penas en lugares separados de los hombres; a tener acceso a artículos destinados a satisfacer necesidades vinculadas a su género; a recibir a su ingreso una valoración médica y hospitalización, en caso de ser necesario; a conservar la guardia y custodia de sus hijos e hijas menores a los tres años; a recibir alimentación adecuada y saludable, así como educación y atención médica para sus hijos e hijas y a acceder a los medios necesarios que les permitan adoptar disposiciones con respecto al cuidado de sus hijos e hijas.

A pesar de la existencia del marco normativo anteriormente expuesto, las más de 10,000 mujeres que se encuentran en calidad de procesadas o sentenciadas en centros de reclusión mexicanos, no cuentan con las condiciones mínimas que les permitan ejercer a plenitud sus derechos humanos y acceder a la reinserción social.

La CNDH, a través de su Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria (2018) reconoce que, en general, los espacios habilitados para mujeres en los 91 centros mixtos de reclusión que existen en México, no cumplen con las condiciones mínimas requeridas para atender a sus necesidades, pues carecen de espacios para la convivencia familiar y conyugal, así como espacios laborales, educativos y deportivos. Si bien en México existen 19 centros de reclusión exclusivos para mujeres, la CNDH reconoce que las 4,632 mujeres que se encuentran privadas de su libertad en estos centros, presentan necesidades no satisfechas como la de alimentación adecuada y atención médica suficiente, algo que también padecen las 4,994 mujeres que se encuentran privadas de su libertad, en los centros mixtos de reclusión.

En México, 436 menores viven en centros de reclusión con sus madres, siendo el tema de la maternidad y crianza, uno de los grandes pendientes del sistema penitenciario mexicano, ya que únicamente el 11% de los centros que albergan mujeres, cuentan con espacios adecuados para la atención a los menores. Vinculado a este tema, se encuentra el de aquellas mujeres que se hacen cargo de los menores, una vez que salen de los centros de reclusión, pues muchas veces no cuentan con los recursos que se necesitan para criarlos y además, llevarlos a visitar a sus madres a centros de reclusión que a veces se encuentran alejados de sus poblaciones de residencia.

Destacadas estudiosas del tema de las mujeres privadas de su libertad en México, como lo son Elena Azaola y Rosalva Aída Hernández, han hablado de las diversas formas de exclusión y violencias que enfrentan estas mujeres, en centros mexicanos que existen con el propósito de lograr la reinserción social, pero que terminan reproduciendo la violencia de género, en nombre de la disciplina y la rehabilitación.

Además de las problemáticas expuestas por la CNDH en su más reciente Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria, las mujeres privadas de su libertad en centros de reclusión mexicanos, se enfrentan al abandono de sus parejas y familiares, quienes las rechazan debido al doble estigma que conlleva el ser una mujer que ha fallado en el cumplimiento de un ideal vinculado a los estereotipos de género. Asimismo, las mujeres internas en centros de reclusión, carecen de espacios laborales y de capacitación en oficios redituables, ya que por ser mujeres, se les limita a la producción de manualidades, lo cual no representa una oportunidad real de ingresos para ellas y sus familias.

El perfil promedio de la mujer privada de su libertad en México es: entre los 18 y los 29 años; con un nivel educativo básico; madre; casada o unida y pobre. La mayor parte de las mujeres internas está acusada de delitos contra el patrimonio, delitos contra la vida y la integridad corporal y delitos contra la sociedad.

En México es urgente la aplicación de una justicia con perspectiva de género, ya que dentro de la clasificación de delitos anteriormente mencionada, destaca el aborto, que sigue siendo penado en el país, en franco desconocimiento al derecho que las mujeres tenemos a la salud sexual y reproductiva y a decidir sobre nuestros cuerpos. Asimismo, son comunes los casos de mujeres acusadas por delitos contra la salud –incluidos en el rubro de delitos contra la sociedad- pues muchas mujeres son utilizadas por las organizaciones criminales como “mulas” para el transporte de sustancias ilegales. En estos casos, las mujeres constituyen el último eslabón de una cadena delictiva, de la que ellas siempre son el elemento desechable.

La reinserción social en México, sigue siendo un ideal presente en el discurso, pero ausente en la práctica. Necesitamos de una justicia con perspectiva de género, así como de espacios incluyentes en los centros de reclusión, en los que a través del trabajo, la educación y la equidad, las mujeres privadas de su libertad, puedan construir para ellas y sus familias, una segunda oportunidad de vida.

Fuentes:

Comisión Nacional de Derechos Humanos (2018). Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria. México

Instituto Nacional de Estadística y Geografía (2017). En números. Estadísticas sobre el sistema penitenciario estatal en México. México

Psicóloga, sexóloga y antropóloga social. “Yucachanilla” porque nació en la ciudad blanca: Mérida, Yucatán y ahora radica en la ciudad que capturó el sol: Mexicali, Baja California. Se dedica a la docencia a nivel superior, a la investigación en torno a los temas de sexualidad, género y reinserción social y al trabajo comunitario con poblaciones vulnerables.